El Consejo Superior de la Universidad Nacional de San Luis manifiesta su rechazo al proyecto de reforma de la Ley de Glaciares (Ley 26.639) impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional bajo el expediente 161/25 y que cuenta con media sanción en el Senado de la Nación.
El escrito continúa:
Como institución pública comprometida con la generación de conocimiento y en tanto garantes del Acuerdo de Escazú, advertimos que esta iniciativa representa un retroceso en materia del derecho ambiental y un riesgo directo para la seguridad hídrica de la República Argentina, especialmente en regiones como la nuestra, el semiárido, donde el agua es un bien escaso y las desigualdades en el acceso se hacen evidentes.
La reforma propuesta pretende sustituir el criterio de protección actual por un régimen de habilitación que condiciona la preservación de los glaciares a una demostración arbitraria de su «relevancia hídrica».
Como lo ha puesto en evidencia un nutrido corpus de estudios científicos y muy especialmente en nuestro país el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA – CONICET) y en un contexto de crisis climática global, cada cuerpo de hielo y cada área de ambiente periglacial constituye una reserva estratégica insustituible.
Fragmentar, alterar o reducir estos ecosistemas por cualquier actividad antrópica, es un desacierto desde el punto de vista estratégico y además contribuirá al deterioro socioambiental ya comprobado y sostenido desde hace décadas en nuestro país y en la región.
Los glaciares y su ambiente periglacial, incluido los glaciares de roca, son ecosistemas reguladores vitales de las cuencas que abastecen a millones de personas y se encuentran ubicados en zonas de alta vulnerabilidad a los cambios producidos por acción antrópica.
Resulta particularmente preocupante el intento de restar carácter vinculante al Inventario Nacional de Glaciares elaborado por el IANIGLA-CONICET. Esto despoja a la política pública de su sustento científico para delegar decisiones críticas en cada una de las Provincias sujetas a abordajes de coyuntura. Esta discrecionalidad vulnera el Artículo 41 de nuestra Constitución Nacional y el principio de no regresión ambiental.
Es posible identificar en qué momento de nuestra historia nos escindimos como especie de la naturaleza que hoy afectamos de manera, para algunos, sin retorno. Lo que es difícil de comprender es por qué la insistencia en destruir lo que nos queda.
Por todo lo expuesto, instamos a la Cámara de Diputados a rechazar el proyecto de Ley en tanto es contraria a los presupuestos mínimos de protección vigentes, agrava las condiciones socioambientales actuales y vulnera derechos humanos de primera, segunda y tercera generación.

