La Universidad Nacional de San Luis firmó un Convenio Marco de Cooperación y Acta Complementaria con la Asociación de Profesionales y Técnicos de la Salud (APTS), con el fin de que los alumnos de la Licenciatura en Comunicación Social puedan vincular teoría y práctica en la Institución.
El propósito del Convenio es llevar a cabo actividades de cooperación mutua e intercambio recíproco de información científica, tecnológica, desarrollo de nuevos conocimientos, creación y aplicación de nuevas tecnologías y emprendimientos en todos los campos en que desarrollan sus actividades.
Se podrán establecer entre las partes, emprendimientos y programas específicos de investigación, desarrollo y servicios. Podrán asignar con arreglo a los planes que se elaboren de común acuerdo, al personal científico, profesional y/o técnico, equipos e instalaciones que se consideren adecuados para el cumplimiento de las normas que al efecto rijan para cada una de las partes. El Convenio tendrá una duración de tres (3) años, renovándose automáticamente, salvo que decidieran su rescisión con aviso previo.
Acta complementaria
En este marco se homologó un Acta entre la Facultad de Ciencias Humanas (FCH) y la Asociación, que posibilitará a los estudiantes la complementación de los conocimientos teóricos con aquellos de índole práctica que las empresas o instituciones puedan ofrecer.
Las partes se comprometen a implementar el sistema de prácticas pre profesionales cuyo propósito son los de dar cumplimiento a los principios establecidos por el Estatuto de la UNSL en cuanto disponen la educación, investigación y extensión, como así mismo a los propósitos institucionales; posibilitar a los estudiantes la complementación de los conocimientos teóricos con aquellos de índole práctica que las empresas o instituciones del medio puedan ofrecer; insertar a los estudiantes en las prácticas en los distintos ámbitos profesionales en los que la Licenciatura en Comunicación Social los forma, habilitándolos así en el ejercicio de su futura profesión, mejorando su posición en el mercado laboral; y lograr que el practicante tome contacto con el ámbito en el que se desenvuelven las empresas y/o instituciones y se integre a un grupo laboral, contribuyendo así a afianzar su formación integral.
Las prácticas se realizarán en los lugares que designe la Asociación en cada caso, según sus propias características y de acuerdo al plan de trabajo que desarrollará el practicante. La duración de la misma no podrá extenderse más allá del cuatrimestre establecido por el calendario académico y por el plan de estudios.
Las mismas se desarrollarán y evaluarán de acuerdo con un plan de trabajo que contemple el cumplimiento de los objetivos y requerimientos académicos e institucionales de esta actividad. El practicante adquirirá los conocimientos necesarios para el cumplimiento de su práctica para que con los mejores esfuerzos pueda cumplir acabadamente con los fines de las mismas.
Tutores y requisitos
La Asociación le facilitará a la Unidad Académica la supervisión de las actividades realizadas por el practicante, y elaborará una vez concluida la práctica, una evaluación que le será entregada al practicante, donde consten las características principales de la práctica. Por su parte, los docente de la asignatura «Prácticas Pre Profesionales» de la Licenciatura en Comunicación Social tendrán a su cargo la dirección, seguimiento, organización y evaluación general de la práctica.
El equipo docente de la asignatura designará un tutor académico responsable del seguimiento y evaluación del efectivo cumplimiento del plan de trabajo. Asimismo, la Asociación designará un tutor institucional, quien será el responsables de la coordinación y evaluación interna del efectivo cumplimiento del plan acordado. Al finalizar la práctica, ambos tutores elaborarán sus informes evaluando la práctica desarrollada por el estudiante.
Es requisito esencial para acceder a la práctica ser alumno regular de la Licenciatura en Comunicación Social y haber cumplido con las condiciones establecidas en el Plan de Estudio Ord. Nº 009/07.