A partir de un acta complementaria firmada entre la Facultad de Ciencias Físico Matemáticas y Naturales de la Universidad Nacional de San Luis y la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de la Universidad Nacional de San Juan, alumnos de Geología de ambas instituciones podrán vincular teoría y práctica.
El Acta tiene por objetivo implementar programas de Prácticas Pre Profesionales (PPP) asistidas, supervisadas o de verano, y Escuelas Regionales de Campo (ERC) específicas, con la finalidad de contribuir a la formación académica y capacitación, otorgando la posibilidad de obtener conocimientos, prácticas y herramientas propias del ejercicio como profesional geólogo.
Los estudiantes destinatarios serán seleccionados por cada Facultad según los criterios que se establezcan, de conformidad a la cantidad y especialización que se imparta en las distintas áreas específicas de las correspondientes Unidades Académicas (UA). Las tareas que se asignen a los practicantes serán coincidentes con las necesidades del área designada para la realización de las PPP, guardando estricta relación con las competencias y atribuciones propias de cada UA.
Las partes determinarán expresamente los docentes responsables y el número de participantes, como así también las tareas a desempeñar por los mismos. En el caso particular de las PPP se reconocerá el máximo de 150 horas, concluidas las cuales y aprobadas por el cuerpo docente responsable, se entregará una certificación y/o resolución de la práctica realizada. La implementación de los programas se realizará en etapas sucesivas, de acuerdo con el avance que se alcance y a las fechas que se estipulen y acuerden entre las UA.
Las PPP o Escuelas Regionales de Campo se llevarán a cabo en los ámbitos que definan ambas instituciones. Cada Facultad facilitará a la otra una nómina de aquellos estudiantes que se encuentran en condición de realizar referidas prácticas y/o escuelas. También cada Facultad se hará responsable de los gastos (traslados y/o becas) que demande la actividad y de contratar los correspondientes seguros, durante el plazo de duración de la práctica y/o escuela.
La Unidad Académica organizadora de la PPP o ERC facilitará con su infraestructura y equipamiento para el desarrollo de las PPP y ERC, tomando la responsabilidad y haciéndose cargo de los gastos que esta demande para sus alumnos y los de la otra Facultad participante. El acuerdo tendrá una duración y vigencia por el término de tres (3) años.