Se fijaron fechas para el receso estival de la Universidad


Desde el jueves 2 y hasta el viernes 31 de enero de 2020 permanecerán cerradas las oficinas de la Universidad, a excepción de aquellas que deban atender los servicios imprescindibles, donde se dejarán guardias mínimas.

El periodo de receso estival de las actividades universitarias se fijó a los efectos de la licencia anual ordinaria por vacaciones del personal docente y nodocente. Para ello se ha tenido en cuenta el plan de actividades y la disminución de las tareas administrativas de la Universidad durante ese periodo.

Se han tomado los recaudos necesarios previendo las guardias mínimas para la atención de tareas administrativas impostergables. En consecuencia, durante el receso en la Universidad, no corren los plazos en los distintos trámites administrativos.

A los efectos de la iniciación y/o prosecución de trámites administrativos y del correspondiente cómputo de los plazos previstos en las pertinentes reglamentaciones, se establece como periodo calendario inhánil el comprendido durante el receso, con excepción a los que correspondan a contrataciones, compras y construcciones, los que continuarán con la normativa vigente.

El personal nodocente hará uso de la licencia anual ordinaria a partir del 6 de enero de 2020, conforme el plan de vacaciones, con excepción de los agentes que deban cumplir las guardias imprescindibles. Durante este periodo trabajarán en turno mañana de 8:00 a 12:00 horas.

El personal docente hará uso de la licencia anual ordinaria a partir del 2 de enero de 2020, de acuerdo a la licencia obligatoria que deben usufructuar los docentes de menos de 15 años de antigüedad o los que tienen más 15 años de antigüedad y fraccionan su licencia en los términos del Convenio Colectivo de Trabajo, la Ordenanza CS 18/2010 y la Ordenanza CS 41/2017.

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