Nueva reglamentación de DE.COM para jubilados y pensionados


El Consejo Superior aprobó por unanimidad en su última sesión la modificación de un artículo de la Carta Orgánica de DE.COM que involucra a jubilados y pensionados.

El presidente de DE.COM, Dr. Cesar Almeida, explicó que principalmente se hizo la modificación del artículo N° 15 que establece las condiciones para acceder al beneficio DE.COM y cómo se debe pagar el mismo. «Habían algunas cosas que se tenían que reconsiderar, acomodar y dejarlas de manera expresa mucho más clara», dijo y agregó que además se hizo la modificación de la formula de cómo es el criterio para pagar el beneficio.

El criterio básicamente consiste en que el beneficio a percibir va a estar directamente relacionado a los años que la persona aportó a DE.COM y en base al cargo de revista, esto significa que mientras más años de aporte hubo mayor será el beneficio que la persona tendrá cuando se jubile.

«Una modificación importante que quedó clara es que el/la pensionado/a cobra el 70% de lo que cobraba el/la beneficiario/a titular (…) Todos estos temas, anteriormente, estaban sacados en resoluciones complementarias del directorio pero no quedaba de manera prolija. Ahora con este artículo 15 queda la información clara, que rige a partir de la promulgación de la resolución», especificó Almeida.

El presidente aclaró que DE.COM, a través de su directorio, ya había realizado modificaciones, mediante resoluciones internas, que van en concordancia con lo que aprobó el Consejo Superior este 6 de septiembre. «Es decir que los cambios que vamos a tener van a ser mínimos. Esto es un cambio pero del orden administrativo (…) Otra de las ventajas que tiene esta modificación es que todas las personas que hayan aportado en igualdad de condiciones va a contar con el mismo beneficio», concluyó.

Accedé a la transmisión del Consejo Superior 06/09/2022

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