La Dirección de Obra Social para el Personal Universitario (DOSPU) comunica sobre el nuevo servicio de acompañamiento bancario para adultos mayores y el convenio firmado con el Círculo Odontológico en relación a nuevas prácticas contempladas en contexto de pandemia por COVID-19.
Servicio de acompañamiento para adultos mayores
A partir del día lunes 8 de junio desde el sector de Expendio de Órdenes se acompañará a aquellas personas que necesiten ayuda para realizar trámites bancarios relativos al pago de obligaciones con la obra social. Para ello deberán presentarse a las 9:00 horas en este sector. Se pide puntualidad. Para más información llamar al 0800-333-3596.
Convenio con Círculo Odontológico
Según lo establecido por el Comité de Crisis de la provincia de San Luis, y en acuerdo con el Círculo Odontológico de la Provincia se han aprobado nuevas prácticas del nomenclador. Este convenio permite continuar con los tratamientos que se estaban realizando; y solamente se podrán iniciar nuevos si estuvieran contemplados en el protocolo establecido por el Comité de Crisis.
Asimismo, se ha convenido el pago de un código extra (COVID-19) por la utilización del kit de bioseguridad en razón de preservar la salud del paciente y la del profesional. Este nuevo código tendrá un costo para el afiliado de $600 en consultorio externo y $125 en consultorio interno de la DOSPU, correspondiente a cuatro (4) prácticas mensuales. Por lo que se solicita a los/las afiliados/as que se exija en un mismo pedido, si hiciera falta, la totalidad de las prácticas sin dividirlas en dos (2) meses, ya que esto generará el cobro del código COVID-19 nuevamente. En caso de requerir más de cuatro (4) prácticas, éstas deberán ser solicitadas para el mes siguiente.
Se recuerda que la DOSPU hace un gran esfuerzo al cubrir un extenso número de prácticas, siendo una de las pocas obras sociales que lo hace. Además, se hace saber que el valor convenido es por material de primera calidad, por lo cual ningún profesional debe cobrar un plus por «material de mejor calidad». En caso de que esto sucediera, se debe exigir una factura en la que conste el nombre del profesional y del afiliado, a fin de ser presentado a Presidencia para su reintegro y posteriores acciones administrativas correspondientes.