El Programa Institucional Transdisciplinario Socioambiental (PITSA), participa de la construcción del primer plan para la implementación del Acuerdo de Escazú en Argentina. Se trata del primer acuerdo regional ambiental de América Latina y el Caribe y es también el primero en el mundo en contener disposiciones específicas sobre personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales.
La iniciativa le da continuidad al encuentro colaborativo virtual: ¿Qué entendemos por participación temprana?, organizado por la Secretaría de Cambio Climático, Desarrollo Sostenible e Innovación de la Nación en marzo, de la que el PITSA también participó activamente.
El acuerdo lleva ese nombre porque fue adoptado el 4 de marzo de 2018 en Escazú, Costa Rica. Argentina lo aprobó mediante Ley 27.566 en el 2020. Esta ratificación le confiere según la Constitución Nacional un rango supra legal (es decir, por encima de las demás leyes, pero no de la Constitución), y sus disposiciones son obligatorias en todo el territorio nacional.
Las disposiciones del tratado fundamentalmente atienden a garantizar el derecho sobre:
- el acceso a la información ambiental,
- la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales, esto quiere decir que las decisiones que afectan al ambiente deben tomarse con licencia social y,
- el acceso a la justicia en asuntos ambientales.
Para lograr la efectiva implementación en Argentina, la Secretaría de Cambio Climático, Desarrollo Sostenible e Innovación dependiente del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MAyDS), está construyendo actualmente el primer plan de acción nacional para su implementación.
Dicho plan involucra una estrategia de participación cuyo objetivo es articular un diálogo constructivo a nivel federal con la participación de diversos actores sociales, como la sociedad civil, la academia, el sector privado, y organizaciones territoriales.
El PITSA respondió a la convocatoria por la importancia de la implementación efectiva del acuerdo en todo el territorio nacional. Durante los encuentros nuestro programa:
- aportó sobre el análisis de las recomendaciones de acción derivadas del diagnóstico sobre cumplimiento del acuerdo de Escazú en Argentina y,
- propuso nuevas recomendaciones y su articulación, desde su experticia a partir de la formación académica y el trabajo que lleva a cabo el PITSA en la atención de la dimensión socioambiental en la Universidad y hacia la comunidad.
Los aportes se realizaron desde un convencimiento que la aplicación del acuerdo debe ser efectivo en todo nuestro territorio para el ejercicio del derecho humano a un ambiente sano y de la protección a las personas defensoras de Derechos Humanos en asuntos ambientales, como así también que el consenso para llevar a cabo este plan de acción nacional se logra mediante el diálogo y entendimiento de los diversos saberes.
De manera complementaria a los encuentros virtuales llevados a cabo, las acciones de la Secretaría de Cambio Climático, Desarrollo Sostenible e Innovación, tienen continuidad a futuro en otras instancias colaborativas para la construcción del plan. Estos espacios de consulta y trabajo se organizarán como mesas de diálogo regionales, con modalidad presencial o virtual, en varias provincias del territorio nacional.
Las propuestas ciudadanas resultantes de la estrategia de participación del año en curso, serán documentadas y consideradas como requerimientos de acción para los organismos nacionales (https://www.argentina.gob.ar/ambiente/acuerdo-de-escazu).
La construcción definitiva del primer plan expresará las propuestas ciudadanas en base a criterios de viabilidad político-administrativa, técnica y financiera. La documentación del mismo constituye un resultado esperado, como parte de un proceso en curso. Este proceso proyecta construir además, un plan de implementación nacional de forma participativa a través de:
- un sistema de gobernanza, como espacio de diálogo y coordinación entre actores públicos, sociales y privados para participar activamente en la ejecución del plan de acción nacional y,
- un diseño e implementación de una estrategia de construcción participativa del plan de implementación nacional.
En síntesis, el plan se llevará a cabo mediante un proceso progresivo colaborativo, que tendrá un plazo de ejecución en esta oportunidad de tres (3) años. Mientras tanto nuestro país sigue obligado a atender los derechos consignados en nuestra Constitución Nacional, la legislación vigente y en el respectivo acuerdo de Escazú.
Fuente: PITSA