Capacitan en la introducción a los procedimientos para la acreditación de carreras


El objetivo es generar e instalar capacidades vinculadas a los procesos de acreditación a fin de que las unidades de gestión cuenten con personal formado en los aspectos normativos y procedurales con conocimientos del gobierno y gestión institucional y del contexto nacional. Lo organiza la Subsecretaría de Acreditación y Desarrollo Institucional de la UNSL. Hoy comenzó la primera edición del dictado que finalizará el 30 de septiembre.

El encuentro de capacitación comenzó este 10 de agosto. Se prevén dos (2) ediciones. La primera será del 10 de agosto al 30 de septiembre y la segunda será del 15 de octubre al 30 de noviembre. Las actividades están destinadas a personal nodocente y/o gestores vinculados a los procesos de acreditación.

En virtud de los procesos de evaluación y acreditación universitaria, que la UNSL transita regularmente y con la complejidad de carecer de personal idóneo, se propone esta capacitación con el fin de que cada Facultad cuente con personal formado, quienes eventualmente puedan integrar los equipos de trabajo vinculados a procesos de acreditación.

A fin de comprender los procesos de acreditación de carreras de grado y posgrado, nuevas o en funcionamiento, se proponen los siguientes módulos: instrumentos de acreditación y procesos de Acreditación para solicitud de: reconocimiento oficial provisorio del título de carrera de grado, acreditación de carrera de grado, acreditación de carrera de posgrado y solicitud de reconocimiento oficial provisorio del título de carrera de posgrado.

Para el personal de apoyo administrativo de la UNSL, dicha capacitación se encuentra enmarcada en el Ciclo de Actualización y/o Formación en Gestión Académica, Económico-Financiera y Servicios Generales de la UNSL.

La capacitación está a cargo de la subsecretaria, Dra. Edilma Olinda Gagliardi, y cuenta con la colaboración nodocente de la Tec. Aida Mercedes Quiroga y la APU Carolina Yamile Cuello.

Datos de vinculación                               

El artículo 43° de la Ley de Educación Superior establece que las carreras correspondientes a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público, poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad y los bienes de los habitantes, deben ser acreditadas periódicamente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) o por entidades privadas constituidas con ese fin.

También el artículo 46° de la Ley de Educación Superior dispone que deben acreditar ante la CONEAU las carreras de posgrado, cualquiera sea el ámbito en que se desarrollan.

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